Salomón Wilfredo Zavala Sarrio
Instituto de Ética en Salud
U.N.M.S.M.
Si esta pregunta la hiciera un médico, nosotros le responderíamos con otra pregunta: ¿Cuál es la función del médico?
Con toda seguridad, la gran mayoría responderá: Atender pacientes, o curar enfermos.
Pues veamos una paciente:
La Señora Elena Martínez
•76 Años
•Síntomas Principales:
Dolor retroesternal, opresivo, desencadenado con el ejercicio que aumenta en frecuencia desde hace 6 semanas > 3 a 4 al día, duración 5 minutos, que cede al reposo.
Disnea asociada al dolor, ocasional.
•No antecedentes de cardiopatía
Ante este cuadro clínico, el médico ha preparado un plan de trabajo y un diagnóstico presuntivo, basado en sus conocimientos.
•EKG
•TGO
El Médico
•TGO – TGP – DHL
•CPK – CPK-MB – Troponina
•Angioplastía Coronaria – Stent
•Coronariografía
•Dx Angina Inestable
•Riesgo de IMA
•Hospitalización
Para tratar de responder al título de este artículo, utilizaremos las normas del Código de Ètica del Colegio Médico del Perú, recientemente revisado que ojalá se convierta en un libro de consulta. Así como el internista, el pediatra o el gineco-obstetra consultan el Harrison, el Nelson o el Williams cuando tienen dudas, pretendemos que el médico peruano, consulte el Código cuando tiene dudas o problemas de naturaleza ética.
El Código:
Código del C.M.P.
Artículo 1 – Es deber del médico desempeñar su profesión competentemente, debiendo para ello, perfeccionar sus conocimientos, destrezas y actitudes en forma continua y ejercer su profesión integrándose a la comunidad, con pleno respeto a la diversidad socio cultural del país.
Veamos como se desarrolla el caso de la Sra. Martínez.
La Paciente:
La Paciente
¿Y qué me van a hacer en el hospital?
El Médico:
El Médico
Vuelve a explicar a la paciente su problema incluyendo
el riesgo de morir por un IMA.
El Código:
El Código
Art 63 (d)- “El paciente tiene derecho a obtener
toda la información que sea veraz, oportuna, comprensible, acerca de su diagnóstico, tratamiento y pronóstico.”
La Paciente:
El Paciente
Hace 6 meses perdió a su esposo quien padecía de EPOC terminal.
Ante la demora del médico en llegar llamó a los bomberos quienes iniciaron RCP.
Ella les pidió que no continuaran pero ellos se negaron a hacerlo sin una orden médica.
El Código:
El Código
Art 63 (m)- El paciente tiene derecho a que se respete el proceso natural de su muerte, sin recurrir a una prolongación injustificada y dolorosa de su vida.
Además la ética tiene previsto otras estrategias para enfrentar estas situaciones como son:
El consentimiento Informado Sustituto.
Las órdenes de no reanimar
El testamento vital
La Paciente:
La Paciente
Contó que en una hospitalización anterior, su esposo había sido intubado pese a que él no lo deseaba.
No quiero ir al hospital donde tienen todas esas máquinas. Yo no deseo ningún tubo, análisis ni cirugía. Yo he tenido una buena vida y estoy lista para morir si ha llegado mi hora. Así me reuniré con mi esposo.
El Código:
El Código
Artículo 63 (e) - El paciente tiene derecho a aceptar o rechazar un procedimiento o tratamiento después de haber sido adecuadamente informado o a revocar su decisión en cualquier momento, sin obligación de expresión de causa.
El Código:
Artículo 72 - El médico no debe propiciar el encarnizamiento terapéutico contra el paciente. Ha de entenderse por tal, la adopción de medidas terapéuticas desproporcionadas o la naturaleza del caso. El médico debe propiciar el respeto a las directivas anticipadas del paciente, en lo referente al cuidado de su vida.
El rápido análisis de este caso, nos permite ver que los médicos tenemos que estar atentos para reconocer cuándo existen problemas éticos y como enfrentarlos, para lo cual esperamos que el nuevo Código les sea de utilidad.